General San Martín: A pesar del receso legislativo ingresaron 4 proyectos al HCD.

Cuatro proyectos del Bloque Nuevo Encuentro, uno en conjunto con el Bloque Unipersonal Frepam, ingresaron durante lo que va de enero al Honorable Concejo Deliberante de General San Martín.

Si bien el cuerpo deliberativo no está en funciones actualmente, y lo hará en el mes de marzo, los proyectos serán tratados en la primera sesión del año.

Los Proyectos:

Gral. San Martín La Pampa, 2 de Enero 2012

VISTO

La Ley1597, Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento Título II Competencia, Atribuciones y Deberes del Departamento Deliberativo, Capitulo I, Sección Segunda, Artículo 36, inciso 16, que corresponde al Concejo Deliberante dictar Ordenanzas referente, entre otros, a la apertura, ensanche, construcción, conservación y mejoramiento de paseos públicos.

CONSIDERANDO

Lo manifestado por vecinos y transeúntes  de las calles Goethe y Juan Domingo Perón  sobre la necesidad de darle protección a los niños que visitan el Parque con Juegos Infantiles ubicado sobre Goethe al 600.

Que uno de sus  laterales da a la  calle Juan D. Perón que es de tránsito pesado y por ende es  constante el paso de camiones y otros vehículos.

Que no existe un paredón y/o alambrado olímpico que delimite el Parque con la calle Juan D. Perón, como tampoco con los vecinos linderos al Parque.

Que el mismo se transforma en un lugar inseguro perdiendo la esencia de lo que representa este lugar de esparcimiento, entretenimiento y contención de los niños.

POR ELLO EL  BLOQUE DE CONCEJALES DE NUEVO ENCUENTRO

Propone sancionar la siguiente Ordenanza:

Art. 1: Proveer al Parque de Juegos Infantiles, ubicado entre las calles Goethe y Juan D. Perón, de un paredón o alambrado olímpico que delimite la ubicación del mismo y  permita, a su vez,  el libre acceso  de los niños y/o personas al Parque.

Art. 2: Disponer, para el fin mencionado en el artículo anterior, los fondos necesarios de la partida del Presupuesto 2012 destinada a Obra Pública.

Art: 3: De forma

STELLA MARIS CHAMBON                                     MANUEL SAÑUDO

       CONCEJAL                                                                  CONCEJAL

NUEVO ENCUENTRO                                                 NUEVO ENCUENTRO

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                                                                   Gral. San Martín La Pampa 3 de Enero 2012

VISTO

La Ley1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento, Título II, Capítulo I,  Competencia Atribuciones Y Deberes, Sección Segunda, Artículo 36, Inciso16.

Que la calle Montes de Oca del 700 en adelante no cuenta con cordón cuneta.

Que son muchas las familias que, con sumo esfuerzo,  han construido sus viviendas sobre esa calle y que se ven limitadas de construir las respectivas veredas porque al no tener el correspondiente cordón cuneta  desconocen la nivelación adecuada que deben dar al momento de construir las mismas.

CONSIDERANDO

Que corresponde al Municipio la construcción de cordón cuneta.

Que es facultad del Concejo Deliberante la conservación y mejoramiento de las calles.

Que el Presupuesto Municipal año 2012 destina recursos a Obra Pública.

Que el Ejercicio Económico 2012 se encuentra en su inicio y que es tiempo más que oportuno de realizar propuesta para su utilización.

Que la obra hace al bienestar de la población en general y en particular a quienes poseen sus viviendas sobre la mencionada calle a la altura del 700 en adelante.

POR ELLO EL BLOQUE DE CONCEJALES DE NUEVO ENCUENTRO

Propone sancionar con fuerza de Ordenanza lo siguiente:

ART. 1: Preveer los fondos y  medidas necesarias para construir, en el transcurso de este Ejercicio Económico el correspondiente cordón cuneta sobre la calle Montes De Oca del  700 en adelante.

ART. 2: De forma.

 STELLA MARIS CHAMBON                        MANUEL SAÑUDO

         CONCEJAL                                                   CONCEJAL

  NUEVO ENCUENTRO                                 NUEVO ENCUENTRO

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GRAL SAN MARTIN LA PAMPA, 16 ENERO 2012

VISTO

Que la Ley1597  Orgánica de Municipalidades Y Comisiones de Fomento, Título I, Capítulo I,  Sección Cuarta, Artículo 42, Inciso 4º, faculta al Concejo Deliberante a pedir Informes al Departamento Ejecutivo.

Que el Presupuesto 2012, aprobado por el Concejo anterior, estima en  Cálculo de Recurso Año 2012, Transferencias Programas Provinciales  $ 120.000,00 para el Programa INAUN.

Que el Presupuesto de Gastos Año 2012, en Transferencias Actividades No Lucrativas para Programa INAUN provee $ 120.000,00.

CONSIDERANDO

Que el Programa Provincial INAUN fija objetivos generales y específico y en base a ello cada Municipio fija los propios de acuerdo a la realidad que surge del correspondiente diagnóstico.

Por ello el BLOQUE DE CONCEJALES DE NUEVO ENCUENTRO

Presenta el siguiente pedido de Informe.

ART.1: ¿Qué objetivos generales y específicos fija el Municipio para el desarrollo del Programa Provincial INAUN?

ART.2: ¿Qué actividades desarrolla el Programa INAUN en los meses de verano y cuáles en el resto del año?

ART.3: ¿Cuántas personas y/o profesionales están afectadas al Programa INAUN?  Mencionar a las personas afectadas describiendo función, tareas, rol y/o servicio que desempeña cada una respectivamente y condición laboral en la que se encuadran?

ART.4: ¿Cuántos niños, adolescentes, jóvenes y/o mayores participan  del mencionado Programa?

ART.5: ¿Cómo, cuándo y dónde se realizan las inscripciones para participar de las actividades que el Programa INAUN desarrolla?

STELLA MARIS CHAMBON                                MANUEL SAÑUDO

           CONCEJAL                                                          CONCEJAL

NUEVO ENCUENTRO                                            NUEVO ENCUENTRO

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                                                                 17 de Enero 2012,  Gral. San Martín, La Pampa

VISTO:

Que la  Constitución De la Nación  Argentina, en su artículo catorce fija entre otros derechos el de: enseñar y aprender.

Que la Ley Nacional de Educación Nº 26 206, Título I, Disposiciones Generales, Capítulo I, Principios, derechos y garantías en su Artículo 1º regula el derecho de enseñar  y aprender consagrado por el Artículo 14 dela Constitución Nacional.

La ley 26 206 en  Título II, Capítulo II,  en sus Artículos 18, 19 y 20 en adelante fija todas las disposiciones sobrela EducaciónInicial.

CONSIDERANDO:

El derecho constitucional que garantiza la enseñanza y el aprendizaje a todos los habitantes de este suelo argentino.

La gran cantidad de niños/as de cuatro años  de edad que se inscriben año a año al inicio del Ciclo lectivo en el JIN Nª 18 de nuestra localidad.

Que esa cantidad de niños/as duplica y/o supera ampliamente lo que un/a docente puede atender.

Por ello el Bloque de Concejales de NUEVO ENCUENTRO Y FREPAM

Presenta la siguiente Declaración:

ART.1: Declarar de Interés Municipal  la apertura dela Sala  de cuatro años, turno mañana, del Jardín de Infantes Nucleados,  JIN Nº 18,  de nuestra localidad.

ART.2: De forma

STELLA MARIS CHAMBON      MANUEL SAÑUDO       MARÍA JOSÉ SCHLAPS

          CONCEJAL                                  CONCEJAL                     CONCEJAL

 NUEVO ENCUENTRO                NUEVO ENCUENTRO           FREMPAM

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