En asamblea de mayores contribuyentes y concejales, fue modificado el artículo 62 en sus incisos 1, 2, 3, 4 y 7 correspondiente al título 32 “Multa por contravenciones- salubridad” de la Ordenanza Impositiva vigente, que abarca a todas las localidades del Distrito Puán (Darregueira, Bordenave, 17 de Agosto, Azopardo, Puán, Felipe Sola, Villa Iris).
El acta de la reunión fue refrendada por la concejal Andrea Papaterra (FVC) y el mayor contribuyente, Rodolfo Otero.
Las siguientes modificaciones de la ordenanza fueron aprobadas por unanimidad:
1º Por faenar fuera de los mataderos autorizados:
La primera vez decomiso de mercadería y 400 %
La segunda vez decomiso de mercadería, clausura por tres días y 600 por ciento.
La tercera vez decomiso de mercadería por siete días y 800 por ciento.
La cuarta vez decomiso de mercaderías 1000 por ciento.
2º La presencia de carne sin sellos sanitarios y sin documentación original que certifique su procedencia:
La primera vez decomiso de mercadería y 400 por ciento.
La segunda vez decomiso de mercadería, clausura por tres días y 600 por ciento.
La tercera vez decomiso de mercadería, clausura por siete días y 800 por ciento.
La cuarta vez decomiso de mercadería, clausura por quince días y 1000 por ciento.
3º La falta de higiene y presencia de roedores en el interior del establecimiento donde se manipulan, expenden o transportan sustancias:
La primera vez 100 por ciento.
La segunda vez clausura por tres días y 300 por ciento.
La tercera vez clausura por siete días y 500 por ciento
La cuarta clausura por 15 dias y 700 por ciento
4º Por transportar carnes en vehículos no reglamentados decomiso de mercadería y 500 por ciento.
7º Por carecer de libreta sanitaria:
La primera vez 100%
La segunda vez clausura por tres días 300%
(Todas las Voces)