CePIP: jubilación diferencial para los trabajadores de la industria de la construcción


CePIP: jubilación diferencial para los trabajadores de la industria de la construcción

Personal del Centro Provincial de Inclusión Previsional -CePIP- se encuentra a disposición de la sociedad con la finalidad de brindar información detallada acerca de la obtención de sus jubilaciones, asesorando sobre la tramitación y los requisitos.

Érica Riboyra comentó que con la ampliación de la Ley del CePIP uno de los objetivos que se propuso fue trabajar específicamente con los regímenes especiales que permiten la jubilación con menores requisitos que la jubilación ordinaria.

En el marco de los regímenes especiales, en el cual forman parte distintas actividades, hay algunos que afectan directamente a trabajadores de la provincia de La Pampa, como es el caso de la construcción “siendo este un régimen que les permite a los trabajadores de esta actividad, sean hombres o mujeres, jubilarse anticipadamente”.

Uno de los requisitos necesarios es que deben tener cumplidos los 55 años de edad y además acreditar 25 años de aportes, “suele ocurrir que al ser una actividad que genera mucha desgaste físico, muchas veces las personas no llegan a cumplir la totalidad de los años de aportes o de edad en esta actividad y le quedan períodos sin haber trabajado, ante esto, desde el CePIP se realiza un prorrateo entre la Ley N° 24476 y la Ley N° 26.494 que les permite conseguir su jubilación anticipadamente”, expresó Riboyra.

Por otra parte, Raúl Cuevas remarcó que “es importante que la gente no espere a último momento para asesorarse, desde el CePIP se le informa cuales son los papeles con los que debe contar,  siempre remarcamos que en el caso de los aportes deben estar hechos en el régimen que tiene que estar, (en el caso de la construcción), hay casos de personas que han trabajado siempre en la construcción y los aportes por determinado motivo son hechos por otro gremio, lo cual a la hora de la jubilación no es válido”.

“El trabajador de la construcción debe estar en relación de dependencia para poder entrar dentro de este régimen, es decir, el que tuvo un patrón que le aportó en el régimen de la construcción”, explicó.

El Centro Provincial de Inclusión Previsional del Gobierno de La Pampa funciona en la calle San Jorge N° 162 de la ciudad de Santa Rosa, y el horario de atención es de 7:00 a 13:00 horas. Los teléfonos disponibles son: 0-800-666-8575 (gratuito), (02954) 452593/95/99, y el correo electrónico es contactocepip@gmail.com. En General Pico, hay una Delegación en el 2° piso del Centro Cívico, ubicado en calle N° 13, esquina 20 y en el interior de la Provincia se pueden informar a través del área de Acción Social de cada municipio.

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