Marín y el “Progresar”: “Es un plan de desarrollo de vida”


Marín y el “Progresar”: “Es un plan de desarrollo de vida”

El coordinador de la ANSES destacó “esta consagración de derechos” destinada a jóvenes entre 18 y 24 años a los que se les abonará una suma mensual de 600 pesos para que completen estudios adeudados. El programa. VIDEO.

La presidenta Cristina Fernández de Kirchner lanzó el plan Progresar (Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina) y el Coordinador Institucional de la Regional Sur 1 de la ANSES, Espartaco Marín se mostró “entusiasmado con este nuevo paso en políticas sociales del Gobierno Nacional”.

“Es otra consagración de derechos por parte del gobierno, absolutamente necesario, que viene justamente a cubrir la franja que comprende los jóvenes de entre 18 y 24 años que no trabajan, que lo hacen informalmente o que reciben una remuneración inferior a tres mil seiscientos pesos, que es el salario mínimo, vital y móvil, y cuyas familias están en la misma situación”.

¿Qué es PROGRESAR? Es una prestación no contributiva destinada a brindar apoyo económico para que los jóvenes de entre 18 y 24 años inclusive puedan completar sus estudios de cualquier nivel educativo.

Este Programa brindará también asistencia adicional para la inserción laboral de los jóvenes, a través del Ministerio de Trabajo y para el cuidado de los hijos a través del Ministerio de Desarrollo Social cuando fuera necesario para facilitar el estudio.

¿En qué consiste? En el pago mensual de una suma de dinero fija de $ 600

¿Cuáles son los requisitos para percibir esta prestación?

Que el titular:

•             Tenga una edad comprendida entre los 18 y los 24 años inclusive.

•             Sea argentino, nativo o naturalizado y si es extranjero con una residencia mínima de cinco (5) años en el país.

•             Tenga DNI y resida en el país.

•             Presente, una vez al año el Formulario PS 2.78 “Acreditación de Control de Salud – PROGRESAR” (hacer link al formulario)  en el que acredite que se ha realizado los controles básicos establecidos por el Ministerio de Salud.

•             Acredite, al momento de la solicitud, la inscripción o la condición de alumno regular ante un Establecimiento Educativo acreditado por el Ministerio de Educación en el que se imparta educación primaria, secundaria, terciaria, universitaria, y/o ante un Centro de Formación acreditado ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en los que se impartan cursos de capacitación o formación laboral, a través del Formulario PS 2.77 “Acreditación e Inscripción de Escolaridad – PROGRESAR” (hacer link al formulario)

•             Acredite, en los meses de marzo, julio y noviembre de cada año, la asistencia regular a la educación / capacitación / formación laboral a través de la presentación del Formulario PS 2.77 “Acreditación e Inscripción de Escolaridad – PROGRESAR” (hacer link al formulario)

¿Quiénes la pueden percibir?

Los jóvenes de entre 18 y 24 años inclusive que acrediten estar inscriptos o asistan a Instituciones educativas habilitadas, siempre que, al momento de la solicitud:

•             Sean desocupados ó trabajadores formales en relación de dependencia, ó trabajadores de temporada con reserva de puesto de trabajo ó se desempeñen en la economía informal ó sean monotributistas sociales ó trabajadores del servicio doméstico o titulares de la Prestación por Desempleo ó autónomos ó monotributistas ó perciban una jubilación o pensión ó una pensión no contributiva nacional, provincial o municipal o sean titulares de la Asignación Universal por Hijo o por Embarazo para Protección Social.

En todos los casos el ingreso que perciba el titular debe ser inferior o igual al Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Desde la ANSES informaron que ante cualquier duda respecto a esta Prestación deberá comunicarse a la Coordinación Emisión de Normas y Requerimientos Asignaciones No Contributivas Activos, dependiente de esta Dirección a los teléfonos 4015-9408/9008.

Fuente El Diario de La Pampa

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