Tribunal de Cuentas: Multan al Intendente de Puán en 14.000 pesos

Si bien los ejercicios del año 2008 de los 134 municipios fueron aprobados por el órgano de contralor, un alto porcentaje de los jefes comunales fue multado y/o amonestado.

Puan, (Darregueria, Bordenave, Azopardo, 17 de Agosto, etc). Horacio López
El fallo indica que el intendente deberá afrontar multas por el valor 14.000 pesos, más otras de las que deberán hacerse cargo el secretario de Hacienda y dos Contadoras; entre otras cosas, porque la información acerca de la planta de personal adjunta a la rendición de cuentas, no responde a lo indicado por los artículos 23 de la Ley Orgánica del Tribunal, verificándose que no se corresponde con el estado emitido por el sistema RAFAM.

Adolfo Alsina, (Carhué, Rivera, Gascón, SanMiguel, etc) Alberto Gutt
El intendente fue sancionado con 13.868 pesos por el alquiler de un motocompresor “sin que se indique para qué fue utilizado”. También se le aplicó un cargo de 9.471 pesos por problemas de documentación con las tasas municipales; y tres sanciones más: una de 3.777pesos, otra de 3.000 pesos y una tercera de 2.290 pesos. Estas últimas se debieron a problemas con las facturas administrativas del Municipio.

Si bien puede destacarse que los ejercicios de cada uno de los distritos fueron aprobados, el 50% de los intendentes deberá afrontar importantes multas y cargos. Por su parte, 31 de ellos recibieron amonestaciones. El resto, ni multados ni amonestados.
Todas las multas y cargos que deben afrontar los intendentes son extractos de los fallos del Tribunal de Cuentas de la Provincia. El ente explica a La Tecla algunas consideraciones sobre la forma de pago de las sanciones y también sobre el proceso judicial:
Las multas son por infracciones formales, como la no presentación en término de los elementos que requiere el Tribunal. En cambio, el cargo es cuando por la acción del cuentadante se produce un daño patrimonial al municipio, que debe ser compensado. Ese daño por ilegalidad debe reintegrarse al patrimonio municipal.
Los intendentes tienen la posibilidad de apelar el fallo para aportar la documentación que les falta. Según las presentaciones de informes que realicen, se disminuye el cargo hasta el monto de la documentación que aporten, y queda vigente lo que no alcancen a justificar con la documentación pertinente.
Los jefes comunales, si están en desacuerdo con el dictamen, utilizan la vía contenciosa y queda en suspenso hasta que el Contencioso resuelva. Luego el expediente pasa a la Fiscalía de Estado, que es el ente que ejecuta.
En el caso de las multas son extrañas las veces que se dan marcha atrás. Pueden existir casos donde se justifique que por razones de fuerza mayor le impidieron el cumplimiento, y está en la decisión del organismo reducir alguna multa.

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